¿Qué indemnización me corresponde por despido objetivo?

Pagar las indemnizaciones laborales por despido objetivo es una obligación del empresario, esta cantidad varía dependiendo de las condiciones laborales y del tipo de despido.

En el despido objetivo la indemnización es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

La antigüedad en la empresa y el salario son factores que influyen en la cantidad a recibir.

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¿Qué es un despido objetivo?

Es el despido que se produce como consecuencia de la extinción del contrato de trabajo por causas económicas, organizativas, de producción o técnicas.

Los motivos económicos son causa justificada para una reducción de plantilla, los cambios en la estructura de la organización o la disminución de producción son también causas para un despido objetivo.

Aun así, el empresario debe acreditar y justificar el despido para que posteriormente no sea declarado improcedente.

Causas de un despido objetivo

El artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores establece que son causas de despido objetivo:

  • Ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida posteriormente a su colocación efectiva en la empresa.
  • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo cuando dichos cambios sean razonables.
  • Faltas justificadas pero intermitentes que lleguen al 20% durante dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos, siempre y cuando el total de faltas de asistencia del año anterior supere el 5% del total de jornadas hábiles. Las faltas vinculadas a un tratamiento médico por enfermedad grave, las huelgas legales convocadas, maternidad, paternidad, lactancia, riesgos durante el embarazo, labores de representación legal de trabajadores, etc. no son computables.
  • Causas recogidas en el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, aquellas referentes al despido colectivo.
  • En el caso de contratos por tiempo indefinido concertados directamente por entidades sin ánimo de lucro para la ejecución de planes y programas públicos determinados, sin dotación económica estable y financiados por las Administraciones Públicas mediante consignaciones presupuestarias o extrapresupuestarias anuales consecuencia de ingresos externos de carácter finalista, por la insuficiencia de la correspondiente consignación para el mantenimiento del contrato de trabajo de que se trate.

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Requisitos del despido objetivo

El artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores establece los siguientes requisitos para poder llevar a cabo un despido objetivo:

  • Comunicación por escrito donde se informa de la causa del despido.
  • Preaviso de 15 días, desde la entrega de la comunicación hasta la finalización del contrato.
  • Entrega de la copia del preaviso al representante legal de los trabajadores si lo hay.
  • Durante este período el trabajador dispondrá de seis horas semanales para poder buscar un nuevo empleo sin perdida de salario.
  • A la vez que se entrega la comunicación escrita se debe hacer entrega de la indemnización, que será de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses de salario.
  • Si el despido es por causas económicas y el empresario no puede hacer frente al pago, deberá explicar los motivos en la carta de despido. El trabajador puede exigir el pago que le corresponde.

Incumplimiento de los requisitos formales en un despido objetivo

El incumplimiento de los requisitos antes mencionados puede tener como consecuencia que el Juzgado de los Social considere el despido improcedente.

Los derechos del trabajador varían según el tipo de despido, es por ello que aconsejamos estar siempre asesorado por un abogado experto en despidos.

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